viernes, 28 de enero de 2011

La violencia de género en América Central

El género es una variante de suma importancia en el análisis de la inseguridad ciudadana, la cual no se puede examinar desde una sola perspectiva, en virtud de los factores que la producen corresponden a diferentes situaciones objetivas y subjetivas, materiales y psicológicas.

Para explicar el fenómeno de la inseguridad ciudadana es indispensable la confluencia de interpretaciones que relacionen la posición y situación social y familiar de las personas, con dimensiones sociales, económicas y culturales, relacionados factores contextuales e institucionales del Estado respectivo.

Las secuelas de los conflictos armados internos, la desigualdad social y pobreza, la impunidad prevaleciente, la rearticulación y funcionamiento de mafias que controlan el crimen organizado; así como la violencia inducida políticamente, son factores principales que generan la violencia y la inseguridad ciudadana en Amèrica Central, especialmente en Guatemala y El Salvador.

Las teorías criminológicas tradicionales, desconocen la variable de género como violencia familiar o violencia contra la mujer, la cual se produce entre las relaciones de poder masculino, que ha demostrado “una incidencia en la violencia de la pareja sobre la mujer” .

El problema de la violencia sobre la mujer en las relaciones de pareja, tiene diferentes factores, como: la personalidad de los agresores, el abuso del alcohol y otras drogas, la clase social o situación de exclusión social y valores culturales. Asimismo, se considera factores de riesgo: la estructura atomizada y jerárquica de la familia, la problemática social en los barrios, mayores índices de violencia contra la mujer en las ciudades que en las comunidades rurales y los índices globales de actos violentos.

Para Elena Larrauri; Franz Vanderschueren; Lola Vallés y Cristophe Soullez, en Seguridad de las mujeres, consideran que la criminología sólo enumera los factores de riesgo, pero no específica cual es el “fundamental” o la causa última. Exponen que “toda mujer puede ser víctima”, porque “la violencia doméstica no conoce fronteras”, ni “clases sociales” .

La lucha de las mujeres por una vida sin violencia

En la mayoría de los países del mundo, ha sido el colectivo de mujeres que ha hecho conciencia sobre la necesidad de erradicar la violencia de género para lograr el ejercicio pleno de sus derechos humanos como ciudadanas.

La violencia contra la mujer se define internacionalmente (ONU 1994) como "todo acto de violencia basado en el género que tiene como resultado posible o real un daño físico, sexual o psicológico, incluidas las amenazas, la coerción o la privación arbitraria de la libertad, ya sea que ocurra en la vida pública o en la vida privada". La violencia puede ser ejercida por otra persona, un grupo de personas o por el Estado, sea por una acción directa o por omisión, lo cual se convierte en situaciones de discriminación y de exclusión.

Las estadísticas regionales arrojan cada vez más el crecimiento del femicidio y del feminicidio en América Latina. Los casos más relevantes se han producido en México, Ciudad Juárez y en Guatemala . La persistencia, características e incremento de los casos ameritan incorporar la categoría de feminicidio al análisis de la violencia de género.

La violencia contra la mujer cobra cada año su cuota de sangre en todo el mundo. Centroamérica no está exenta de este flagelo, principalmente en sus países más pobres como Honduras, El Salvador y Guatemala, donde hay elevados índices de pobreza y aumenta la acción del crimen organizado, el narcotráfico, las pandillas juveniles y la trata de personas.

Cifras para relexionar

En Honduras fueron asesinadas unas 254 féminas, al 31 de diciembre de 2010; mientras que en Guatemala se reportaron 608, en El Salvador 552, en Nicaragua 69, en Panamá 45 y en Costa Rica 34, según fuentes oficiales.

En esos países, empobrecidos por las políticas neoliberales, las guerras y los desastres de la naturaleza, las precarias condiciones de vida aparecen como el gran detonante de la violencia.

La violencia de la mano con la miseria

La inseguridad en América Central va de la mano con los índices de miseria y sus consecuencias, como el analfabetismo, la carencia de servicios de educación y salud, así como la falta de empleo, entre otros males, consideran expertos de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL).

Honduras, con una pobreza que alcanza al 73 por ciento de su población, posee unos 36 mil pandilleros; El Salvador, que presenta una pobreza de 42 por ciento, le sigue con 30 mil; y, Guatemala, con 48 por ciento de pobreza, tiene unos 14 mil mareros, según cálculos de los Institutos Nacionales de Estadística.

Criminalidad e impunidad

La periodista Yeanny González Peña, señala que “la mujer no escapa a la criminalidad causada por la delincuencia, las pandillas juveniles y los escuadrones de la muerte, que continúan actuando en la región pese a las políticas de mano dura” .

Esa situación es más evidente en los últimos seis años, cuando los crímenes contra las mujeres se duplicaron bajo el denominador común de la impunidad, denunció el Consejo de Ministras de la Mujer en Centroamérica (COMMCA).

“Ante esas muertes, seguimos escuchando las mismas respuestas: que se trata de ajustes de cuentas, problemas pasionales, pandillas y narcotráfico. Sin embargo, jamás se ahonda en sus verdaderas causas”, explicó Carolina Sierra, coordinadora de la organización.

En El Salvador en octubre último, durante la presentación del informe sobre el Estado de la Población Mundial 2010, la representante en dicho país del Fondo de Población de las Naciones Unidas, Elena Zúñiga, pidió al gobierno del presidente Mauricio Funes la definición “urgente” de un plan para combatir la violencia contra las mujeres. Esa preocupación, se refleja en el Segundo informe nacional sobre la situación de la violencia contra las Mujeres, presentado por el Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer. Para la directora de dicha institución, la impunidad se convierte en una peligrosa cómplice de esta realidad, porque el 70 por ciento de los femicidios en El Salvador no recibe sentencia condenatoria en los tribunales de justicia.

La Fundación Sobrevivientes de Guatemala, destaca en su informe parcial 2010, que las formas que ha tomado la violencia contra las mujeres en relación a la saña (desmembramiento de cuerpos) con que se cometen los asesinatos y la indiferencia cada vez más notoria de la población ante estos delitos, connota la des-sensibilización o adormecimiento social para no enfrentar o, a su vez evadir la situación, volviéndose cotidiana la observancia de escenas violentas de manera impasible .

Dicho informe, señala que otro aspecto relevante es el desplazamiento de los grupos autores de hechos delictivos, en tema de cobertura territorial, sumado al involucramiento cada vez más numeroso de adolescentes como autores materiales de los sucesos evidencia el control que están adquiriendo estos grupos que funcionan al margen de la ley.

La falta de acciones por parte de las instituciones estatales responsables de brindar seguridad y justicia es más que evidente, luego de la falta de planes claros para reducir este flagelo que afecta a la sociedad centroamericana.

sábado, 15 de enero de 2011

El Derecho a la alimentación en América Central

Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua o cualquier otra condición.

Los derechos humanos, concretan las exigencias de la dignidad, la libertad y la igualdad humanas, las cuales han sido reconocidas positivamente por los ordenamientos jurídicos a nivel nacional e internacional.

En ese sentido, la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, son los principales instrumentos internacionales que establecen el derecho a la alimentación de todos los seres humanos y marcan las pautas que deben observar los Estados Parte y los territorios bajo su jurisdicción.

La Declaración Universal de Derechos Humanos, aprobada por Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948, consagra una serie de derechos universales, inviolables e inalienables, intrínsecos a la naturaleza humana, los cuales deben de ser considerados superiores a cualquier otra legislación nacional o internacional. Esta Declaración contempla un amplio rango de derechos, desde los civiles y políticos a los económicos, sociales y culturales, sin separaciones o diferencias entre unos y otros.

El Derecho a la Alimentación fue definido en su artículo 25 y, desde el punto de vista jurídico, forma parte de los derechos de los sociales, económicos y culturales. Dentro de estos derechos, también están el derecho a la educación, a la vivienda, a la salud y al trabajo.

Como la Declaración Universal de Derechos Humanos tiene tan solo un valor ético, fue necesario que las Naciones Unidas, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, PIDESC, en 1966, el cual entró en vigor en 1976. Este Pacto tiene carácter vinculante y establece la obligatoriedad en su cumplimiento por parte de los Estados firmantes .

En su artículo 11 se reconoce "el derecho fundamental de toda persona a estar protegida contra el hambre". El PIDESC impone a los Estados Partes la obligación de proceder lo más expedita y eficazmente posible con miras a lograr el objetivo de garantizar estos derechos, y por lo tanto, también el derecho a la alimentación, a sus habitantes.

Los Estados partes en la Convención Americana sobre Derechos Humanos "Pacto de San José de Costa Rica" (1966), reconociendo que los derechos esenciales del ser humano tienen como fundamento los atributos de la persona humana, razón por la cual justifican una protección internacional, de naturaleza convencional coadyuvante o complementaria de la que ofrece el derecho interno de los Estados americanos; proclaman en San Salvador, El Salvador (1988), el Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales "Protocolo de San Salvador" .

En su artículo 12 establece el Derecho a la alimentación como un derecho a una nutrición adecuada para asegurar a toda persona, la “posibilidad de gozar del más alto nivel de desarrollo físico, emocional e intelectual”; mientras que los Estados partes, se comprometen a “hacer efectivo este derecho y a erradicar la desnutrición”.

Por su parte, la Observación General Nº12 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales del PIDESC (1999), considera que “El derecho a la alimentación adecuada se ejerce cuando todo hombre, mujer o niño, ya sea sólo o en común con otros, tiene acceso físico y económico, en todo momento, a la alimentación adecuada o a medios para obtenerla”.

A nivel nacional, en la Constitución de la República de El Salvador , el derecho a la alimentación, no se menciona específicamente, pero hace referencia al derecho de los trabajadores, a la seguridad social, a la educación y a la salud. Tampoco tiene una ley ordinaria que regule el derecho a la alimentación. Sólo se cuenta con un Proyecto de ley del Sistema Nacional de Soberanía, Seguridad Alimentaria y Nutricional 2008 y una política nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional que data de 2003.

Sin embargo, la Carta Magna Salvadoreña, contempla en su Artículo 144, que “Los tratados internacionales celebrados por El Salvador con otros estados o con organismos internacionales, constituyen leyes de la República al entrar en vigencia, conforme a las disposiciones del mismo tratado y de esta Constitución”. Además, en “caso de conflicto entre el tratado y la ley, prevalecerá el tratado”.

Eso significa que el derecho a la alimentación, es derecho positivo en la República de El Salvador. Razón por la cual, el Estado tiene la obligación de proteger y promover el acceso a una alimentación adecuada, para respetar “la dignidad de la persona humana, en la construcción de una sociedad más justa, esencia de la democracia y al espíritu de libertad y justicia, valores de nuestra herencia humanista” .

El estudio de caso que el grupo 2 presenta, se analiza desde el enfoque de los derechos humanos, porque el derecho a una alimentación adecuada es fundamental para el disfrute de todos los derechos consagrados en los tratados internacionales y en la Constitución de la República de El Salvador.

Referencias bibliográficas

Asamblea Nacional Constituyente (1983). Constitución de la República de El Salvador, Decreto Número 38 del 15 de diciembre de 1983 y sus Reformas de 2003.

Organización de Estados Americanos (1969). Convención Americana sobre Derechos Humanos "Pacto de San José de Costa Rica".

Organización de Estados Americanos (1988). Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales "Protocolo de San Salvador".

Organización de las Naciones Unidas (1948). Declaración Universal de Derechos Humanos.

Organización de las Naciones Unidas (1966). Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

sábado, 8 de enero de 2011

El fenómeno de la inseguridad en América Central

Timoteo Tobar Salazar
Experto en Comunicación y Periodismo Judicial

La seguridad ciudadana es una de las dimensiones de la seguridad humana y del desarrollo humano. Involucra la interrelación de múltiples actores, condiciones y factores, entre los cuales se cuentan la historia y la estructura del Estado y la sociedad; las políticas y programas de los gobiernos; la vigencia de los derechos humanos civiles y políticos, económicos, sociales y culturales; y, el escenario nacional, regional e internacional.

Para la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en su Informe Seguridad Ciudadana y Derechos Humanos (2010), “la seguridad ciudadana se ve amenazada cuando el Estado no cumple con su función de brindar protección ante el crimen y la violencia social, lo cual interrumpe la relación básica entre gobernantes y gobernados”.

En ese contexto, los Estados tienen una deuda social con la ciudadanía, principalmente en regiones como África y América Latina, que reportan los índices más altos del mundo en términos de violencia homicida,según datos de la Organización Mundial de la Salud.

Los temas de la seguridad ciudadana y la prevención de la violencia, han tomado gran importancia en los organismos de las Naciones Unidas desde mediados de los 90, en respuesta a la preocupación de los gobiernos de América Latina. La lucha contra la inseguridad y la violencia comenzó a figurar entre los principales temas de la agenda y planes de desarrollo de los países para asegurar la gobernabilidad democrática y la convivencia social.

La violencia no solo tiene un alto impacto social y de gobernabilidad, sino también presenta un reto a los gobiernos por sus costos, tanto públicos como privados y sus efectos en la inversión nacional y extranjera, especialmente en los países con marcada inseguridad pública, impunidad, inseguridad jurídica y violación de los derechos fundamentales del ser humano. Esta situación, repercute en el crecimiento y progreso de los pueblos, porque sean confirmados efectos negativos en el desarrollo humano.

La mano dura para copar la conciencia colectiva

El fenómeno de la inseguridad ciudadana, se presenta como un elemento distorsionador para la dinámica democrática, pero también constituye una bandera para políticos partidistas con la finalidad de ganar adeptos, ofrecen impulsar acciones de “mano dura” para detener la ola de violencia y la comisión de delitos contra la vida. Esto implica, incrementar la presión punitiva; reducir las garantías procesales y/o bajar la edad de imputabilidad para aplicar el derecho penal de adultos a la niñez y adolescencia en conflicto con la ley .

Bernardo Kliksberg , Asesor Principal de la Dirección Regional para América Latina y el Caribe del PNUD, argumenta que la “mano dura” se presenta como la salida providencial para responder a la sensación de inseguridad. Explica que dicha política es “exitosa en copar la conciencia colectiva de la sociedad”. La mano dura no es un movimiento espontáneo, sino una ideología apoyada en teorías muy cuestionadas, incluso en sus lugares de origen.

En Honduras, El Salvador y Guatemala, tres de los países latinoamericanos con mayores indicadores de inseguridad, las acciones de mano dura han vulnerado el respeto de los derechos humanos y las garantías procesales garantizadas en los convenios internacionales y en sus propias Constituciones Políticas.

En Honduras y El Salvador, se trató de enfrentar en la presente década, el crecimiento de las maras con leyes de mano dura, que permiten entre otras cosas, encarcelar a una persona por el simple hecho de tener un tatuaje o por tener apariencia de pertenecer a una mara. En los primeros meses de su vigencia, creció el número de personas detenidas, pero los homicidios continuaron incrementándose. Promedio de 46 homicidios por cada 100 mil habitantes (2007).

En Guatemala, si bien no se cuenta con una ley antimaras aprobada por el Congreso de la República, persiste el enfoque de mano dura y limpieza social en la conciencia colectiva. El índice de homicidios en 2007, alcanzó 35 por cada 100 mil habitantes. Hay más detenciones, más personas en prisión preventiva y más imputaciones del Ministerio Público, pero menos investigación criminal, que da como resultado: menos sentencias y más absoluciones por falta de mérito. Según la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG), el país registra una impunidad del 98 por ciento.

Para Bernardo Kliksberg, “la mano dura ha fracasado porque, entre otros problemas, tiende a responder indistintamente a las diversas formas de criminalidad”, lo cual “impide diseñar políticas diferenciadas para problemas que son diferentes”.

Por su parte, la CIDH en su Informe de Seguridad Ciudadana y Derechos Humanos, considera que “la falta de una adecuada respuesta del Estado ante la violencia y el delito, en ocasiones ha conducido a reproducir lógicas de relacionamiento social fundadas en la intolerancia y la estigmatización de personas o grupos de personas, favoreciendo la aparición de casos de violencia extralegal, de los cuales son responsables los llamados grupos de “limpieza social”, como “escuadrones de la muerte” o grupos parapoliciales y paramilitares”.

La violencia, fenómeno multicausal

Las magnitudes de faltas, delitos y crímenes presentadas por diferentes fuentes (policía, fiscalía, institutos de estadísticas y medicina legal) han ido incrementándose a pesar de sus diferencias en cifras. En algunos países de Centroamérica como El Salvador, Guatemala y Honduras, las tasas de homicidios por cada 100 mil habitantes han pasado de rangos de 20 a 35 homicidios, en la década de los 90, a rango promedio de 45 homicidios en la década actual. Las ciudades más afectadas han sido las de mayor crecimiento económico puesto que atraen flujos migratorios.

Los desastres, provocados por fenómenos naturales, que recurrentemente afectan a Centroamérica han sido otro de los factores que ha aumentado la violencia, explicándose esto por cuanto incrementan los problemas de desigualdad del ingreso y la pérdida de empleos que son causas directas de la violencia.

La cultura de guerra que se vivió en varios de los países centroamericanos ha fraccionado el tejido social y las instituciones de seguridad y justicia. Gran parte de los afectados han sido las generaciones jóvenes que aún no han logrado insertarse en la nueva democracia.

El fenómeno de la violencia es multicausal con efectos diversos. A la gama de delitos y formas de violencia, pueden asociarse múltiples explicaciones (biológicas, psicogenéticas, sicológicas, sociales, de guerra, culturales, y políticas). Así mismo, se asocian como causas factores estructurales (desigualdad del ingreso, cultura de guerra, valores sociales, etc.) y factores de riesgo (porte de armas, alcohol, drogas y prostitución entre otros).

Acciones múltiples a todo nivel

Dadas las múltiples causas y los diversos efectos de la violencia, se precisan acciones múltiples de respuesta, que conllevan acciones inmediatas para controlar, prevenir y/o reprimir la violencia; mientras que las acciones de mediano y largo plazo deben estar dirigidas a tratar la raíz de los problemas. El problema requiere el accionar conjunto de los diferentes niveles del Estado y de la sociedad civil.

En ese sentido, Jorge Sapoznikov , Consultor de la División de Estado y Sociedad Civil del Banco Interamericano de Desarrollo, propone medidas de control, represión y prevención para enfrentar la problemática de la violencia, a nivel nacional y municipal con la participación de los gobiernos locales y la sociedad civil organizada.

El rol de los medios de comunicación masiva

Es arriesgado afirmar que “la creciente sensación de inseguridad (…) es alimentada por los medios de comunicación masiva (…), por un aumento sin precedentes de los índices de comisión de delitos en estos últimos diez años, en particular los homicidios dolosos” .

Los medios masivos de comunicación “bombardean permanentemente con noticias de crímenes, asesinatos, robos”, asegura Bernardo Kliksberg . Sin embargo, considero que los medios no generan la inseguridad, ni la violencia, ni el delito. Sólo informan de los sucesos. Cómo lo informan, eso es discutible.

De acuerdo con Mauricio Salinas Escobar y Loreto Hoecker , Consultores de la Corporación Ciudadanía y Justicia, “una cosa es el hecho delictual y otra cosa es el hecho comunicacional. Hoy en día un solo delito puede dar lugar a millones de hechos comunicacionales”.

Para las instituciones del sector seguridad y justicia, es imprescindible reconocer que el manejo de los medios es un componente indispensable que, junto a otras acciones, puede incidir en la difusión de nuevas propuestas, atención a determinadas demandas, reformas y mejora de las condiciones de vida de grupos específicos y la sociedad en general.

En ese sentido, es necesario generar corrientes de opinión pública favorables al fortalecimiento del sistema de seguridad y justicia, a través de incidir directamente en las agendas de los medios de prensa, que trasladan información, mensajes, análisis, opiniones y reflexiones hacia el conjunto de la ciudadanía. Para ello, los procesos de formación, capacitación y actualización profesional de los equipos de periodistas reporteros/as de prensa, es una valiosa herramienta para mejorar la cobertura periodística de la información judicial con un periodismo respetuoso de los derechos humanos y las garantías constitucionales de las personas en conflicto con la ley penal.

La seguridad ciudadana, un derecho garantizado constitucionalmente

La Constitución Política de la República de Guatemala, vigente desde enero de 1986, está inspirada en los postulados de la Carta Internacional de Derechos Humanos, porque recoge los preceptos que directa e indirectamente conforman el sistema procesal penal. Contiene principios generales que fundamentan los derechos humanos y las garantías procesales. Estas garantías constitucionales, constituyen la base jurídica del debido proceso, como la detención legal, la notificación de la causa de detención, presentación ante juez competente, derechos del detenido, interrogatorio a detenidos, derecho de defensa, presunción de inocencia y publicidad del proceso.

La garantía suprema que la Constitución brinda al proceso penal tiende a asegurar la vida, la libertad, la seguridad, la paz y el desarrollo de la persona humana.

Las debilidades institucionales del Estado guatemalteco, en buena medida producto de más de treinta y seis años de enfrentamiento armado y de la debilidad fiscal del Estado; inciden en las posibilidades de construir un Estado de Derecho sólido. Además, de las acciones de fortalecimiento de las instituciones del sector seguridad y justicia, en todos los niveles, es necesario abordar el desconocimiento que tienen muchas personas, respecto de los derechos plasmados en la Constitución Política y las leyes ordinarias que salvaguardan el sistema jurídico de protección de la persona, contra la amenaza a su integridad y la vida como elementos de conservación de la sociedad.

Es importante tomar en cuenta que, por diferentes razones, en buena parte de la población del país hay desconfianza en las instituciones responsables de hacer cumplir y velar porque las leyes se cumplan, requisitos elementales mínimos para la constitución de un Estado de Derecho. Este desconocimiento contribuye a que las personas se encuentren desprotegidas y, en momentos de necesidad, sin saber a dónde acudir para hacer valer sus garantías elementales.

A manera de conclusión

Las políticas de seguridad ciudadana deben formularse desde la perspectiva de la seguridad humana, garantizando los derechos humanos y el desarrollo como condiciones interdependientes para la convivencia democrática.

Guatemala, diciembre 2010.

El fenòmeno de la inseguridad en Amèrica Central

La seguridad ciudadana es una de las dimensiones de la seguridad humana y del desarrollo humano. Involucra la interrelación de múltiples actores, condiciones y factores, entre los cuales se cuentan la historia y la estructura del Estado y la sociedad; las políticas y programas de los gobiernos; la vigencia de los derechos humanos civiles y políticos, económicos, sociales y culturales; y, el escenario nacional, regional e internacional.

Para la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en su Informe Seguridad Ciudadana y Derechos Humanos (2010), “la seguridad ciudadana se ve amenazada cuando el Estado no cumple con su función de brindar protección ante el crimen y la violencia social, lo cual interrumpe la relación básica entre gobernantes y gobernados”.

En ese contexto, los Estados tienen una deuda social con la ciudadanía, principalmente en regiones como África y América Latina, que reportan los índices más altos del mundo en términos de violencia homicida .

Los temas de la seguridad ciudadana y la prevención de la violencia, han tomado gran importancia en los organismos de las Naciones Unidas desde mediados de los 90, en respuesta a la preocupación de los gobiernos de América Latina. La lucha contra la inseguridad y la violencia comenzó a figurar entre los principales temas de la agenda y planes de desarrollo de los países para asegurar la gobernabilidad democrática y la convivencia social.

La violencia no solo tiene un alto impacto social y de gobernabilidad, sino también presenta un reto a los gobiernos por sus costos, tanto públicos como privados y sus efectos en la inversión nacional y extranjera, especialmente en los países con marcada inseguridad pública, impunidad, inseguridad jurídica y violación de los derechos fundamentales del ser humano. Esta situación, repercute en el crecimiento y progreso de los pueblos, porque sean confirmados efectos negativos en el desarrollo humano.

La mano dura para copar la conciencia colectiva

El fenómeno de la inseguridad ciudadana, se presenta como un elemento distorsionador para la dinámica democrática, pero también constituye una bandera para políticos partidistas con la finalidad de ganar adeptos, ofrecen impulsar acciones de “mano dura” para detener la ola de violencia y la comisión de delitos contra la vida. Esto implica, incrementar la presión punitiva; reducir las garantías procesales y/o bajar la edad de imputabilidad para aplicar el derecho penal de adultos a la niñez y adolescencia en conflicto con la ley .

Bernardo Kliksberg , argumenta que la “mano dura” se presenta como la salida providencial para responder a la sensación de inseguridad. Explica que dicha política es “exitosa en copar la conciencia colectiva de la sociedad”. La mano dura no es un movimiento espontáneo, sino una ideología apoyada en teorías muy cuestionadas, incluso en sus lugares de origen.

En Honduras, El Salvador y Guatemala, tres de los países latinoamericanos con mayores indicadores de inseguridad, las acciones de mano dura han vulnerado el respeto de los derechos humanos y las garantías procesales garantizadas en los convenios internacionales y en sus propias Constituciones Políticas.

En Honduras y El Salvador, se trató de enfrentar en la presente década, el crecimiento de las maras con leyes de mano dura, que permiten entre otras cosas, encarcelar a una persona por el simple hecho de tener un tatuaje o por tener apariencia de pertenecer a una mara. En los primeros meses de su vigencia, creció el número de personas detenidas, pero los homicidios continuaron incrementándose. Promedio de 46 homicidios por cada 100 mil habitantes (2007).

En Guatemala, si bien no cuenta con una ley antimaras aprobada por el Congreso de la República, persiste el enfoque de mano dura y limpieza social en la conciencia colectiva. El índice de homicidios en 2007, alcanzó 35 por cada 100 mil habitantes. Hay más detenciones, más personas en prisión preventiva y más imputaciones del Ministerio Público, pero menos investigación criminal, que da como resultado: menos sentencias y más absoluciones por falta de mérito. Según la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG), el país registra una impunidad del 98 por ciento.

Para Bernardo Kliksberg, “la mano dura ha fracasado porque, entre otros problemas, tiende a responder indistintamente a las diversas formas de criminalidad”, lo cual “impide diseñar políticas diferenciadas para problemas que son diferentes”.

Por su parte, la CIDH en su Informe de Seguridad Ciudadana y Derechos Humanos, considera que “la falta de una adecuada respuesta del Estado ante la violencia y el delito, en ocasiones ha conducido a reproducir lógicas de relacionamiento social fundadas en la intolerancia y la estigmatización de personas o grupos de personas, favoreciendo la aparición de casos de violencia extralegal, de los cuales son responsables los llamados grupos de “limpieza social”, como “escuadrones de la muerte” o grupos parapoliciales y paramilitares”.

La violencia, fenómeno multicausal

Las magnitudes de faltas, delitos y crímenes presentadas por diferentes fuentes (policía, fiscalía, institutos de estadísticas y medicina legal) han ido incrementándose a pesar de sus diferencias en cifras. En algunos países de Centroamérica como El Salvador, Guatemala y Honduras, las tasas de homicidios por cada 100 mil habitantes han pasado de rangos de 20 a 35 homicidios, en la década de los 90, a rango promedio de 45 homicidios en la década actual. Las ciudades más afectadas han sido las de mayor crecimiento económico puesto que atraen flujos migratorios.

Los desastres, provocados por fenómenos naturales, que recurrentemente afectan a Centroamérica han sido otro de los factores que ha aumentado la violencia, explicándose esto por cuanto incrementan los problemas de desigualdad del ingreso y la pérdida de empleos que son causas directas de la violencia.

La cultura de guerra que se vivió en varios de los países centroamericanos ha fraccionado el tejido social y las instituciones de seguridad y justicia. Gran parte de los afectados han sido las generaciones jóvenes que aún no han logrado insertarse en la nueva democracia.

El fenómeno de la violencia es multicausal con efectos diversos. A la gama de delitos y formas de violencia, pueden asociarse múltiples explicaciones (biológicas, psicogenéticas, sicológicas, sociales, de guerra, culturales, y políticas). Así mismo, se asocian como causas factores estructurales (desigualdad del ingreso, cultura de guerra, valores sociales, etc.) y factores de riesgo (porte de armas, alcohol, drogas y prostitución entre otros).

Acciones múltiples a todo nivel

Dadas las múltiples causas y los diversos efectos de la violencia, se precisan acciones múltiples de respuesta, que conllevan acciones inmediatas para controlar, prevenir y/o reprimir la violencia; mientras que las acciones de mediano y largo plazo deben estar dirigidas a tratar la raíz de los problemas. El problema requiere el accionar conjunto de los diferentes niveles del Estado y de la sociedad civil.

En ese sentido, Jorge Sapoznikov , propone medidas de control, represión y prevención para enfrentar la problemática de la violencia, a nivel nacional y municipal con la participación de los gobiernos locales y la sociedad civil organizada.

El rol de los medios de comunicación masiva

Es arriesgado afirmar que “la creciente sensación de inseguridad (…) es alimentada por los medios de comunicación masiva (…), por un aumento sin precedentes de los índices de comisión de delitos en estos últimos diez años, en particular los homicidios dolosos” .

Los medios masivos de comunicación “bombardean permanentemente con noticias de crímenes, asesinatos, robos”, asegura Bernardo Kliksberg . Sin embargo, considero que los medios no generan la inseguridad, ni la violencia, ni el delito. Sólo informan de los sucesos. Cómo lo informan, eso es discutible.

De acuerdo con Mauricio Salinas Escobar y Loreto Hoecker , “una cosa es el hecho delictual y otra cosa es el hecho comunicacional. Hoy en día un solo delito puede dar lugar a millones de hechos comunicacionales”.

Para las instituciones del sector seguridad y justicia, es imprescindible reconocer que el manejo de los medios es un componente indispensable que, junto a otras acciones, puede incidir en la difusión de nuevas propuestas, atención a determinadas demandas, reformas y mejora de las condiciones de vida de grupos específicos y la sociedad en general.

En ese sentido, es necesario generar corrientes de opinión pública favorables al fortalecimiento del sistema de seguridad y justicia, a través de incidir directamente en las agendas de los medios de prensa, que trasladan información, mensajes, análisis, opiniones y reflexiones hacia el conjunto de la ciudadanía. Para ello, los procesos de formación, capacitación y actualización profesional de los equipos de periodistas reporteros/as de prensa, es una valiosa herramienta para mejorar la cobertura periodística de la información judicial con un periodismo respetuoso de los derechos humanos y las garantías constitucionales de las personas en conflicto con la ley penal.

La seguridad ciudadana, un derecho garantizado constitucionalmente

La Constitución Política de la Republica de Guatemala, vigente desde enero de 1986, está inspirada en los postulados de la Carta Internacional de Derechos Humanos, porque recoge los preceptos que directa e indirectamente conforman el sistema procesal penal. Contiene principios generales que fundamentan los derechos humanos y las garantías procesales. Estas garantías constitucionales, constituyen la base jurídica del debido proceso, como la detención legal, la notificación de la causa de detención, presentación ante juez competente, derechos del detenido, interrogatorio a detenidos, derecho de defensa, presunción de inocencia y publicidad del proceso.

La garantía suprema que la Constitución brinda al proceso penal tiende a asegurar la vida, la libertad, la seguridad, la paz y el desarrollo de la persona humana.

Las debilidades institucionales del Estado guatemalteco, en buena medida producto de más de treinta y seis años de enfrentamiento armado y de la debilidad fiscal del Estado; inciden en las posibilidades de construir un Estado de Derecho sólido. Además, de las acciones de fortalecimiento de las instituciones del sector seguridad y justicia, en todos los niveles, es necesario abordar el desconocimiento que tienen muchas personas, respecto de los derechos plasmados en la Constitución Política y las leyes ordinarias que salvaguardan el sistema jurídico de protección de la persona, contra la amenaza a su integridad y la vida como elementos de conservación de la sociedad.

Es importante tomar en cuenta que, por diferentes razones, en buena parte de la población del país hay desconfianza en las instituciones responsables de hacer cumplir y velar porque las leyes se cumplan, requisitos elementales mínimos para la constitución de un Estado de Derecho. Este desconocimiento contribuye a que las personas se encuentren desprotegidas y, en momentos de necesidad, sin saber a dónde acudir para hacer valer sus garantías elementales.

A manera de conclusión

Las políticas de seguridad ciudadana deben formularse desde la perspectiva de la seguridad humana, garantizando los derechos humanos y el desarrollo como condiciones interdependientes para la convivencia democrática.